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Ya hay un Anteproyecto de Ley del teletrabajo ¿Sabes de que se trata?

El teletrabajo como bien sabemos, ha sido uno de los grandes protagonistas de la crisis del Coronavirus al ser la modalidad escogida por un gran número de empresas para poder continuar ofreciendo servicios a sus clientes, sin acudir a ERTES por causas de fuerza mayor ni poner en riesgo a sus trabajadores al tener que desplazarse al centro de trabajo.
El número de empresas que ofrecían el teletrabajo a sus empleados era del 5% frente al 34% que lo hacía en el mes de mayo. 
El aumento de estas cifras y la recomendación por parte del Ejecutivo de fomentar el teletrabajo mientras mejore la situación sanitaria,obligó al Gobierno a presentar, el pasado mes de junio, una consulta pública previa a la elaboración de un proyecto normativo consistente en la modificación y elaboración de las condiciones para prestar trabajo por cuenta ajena a distancia, que será la base en la que sustentará la nueva Ley del Teletrabajo.

El Anteproyecto de Ley del teletrabajo 

Puntos fundamentales:
  • Voluntariedad: De carácter voluntario, no obligatorio.
  • Libre elección de horario: Dentro de unos límites, que garantice la conciliación laboral y familiar.
  • Compensación de gastos y la aportación de medios y herramientas de trabajo: La aportación de los medios necesarios para la actividad laboral debe ser responsabilidad integra de la empresa, y la persona trabajadora tiene derecho a ser compensado por cualquier gasto, directo o indirecto
  • Desconexión digital: Se debe garantizar que no se hará uso de medios tecnológicos de comunicación empresarial y de trabajo en los tiempos de descanso del trabajador.
  • Riesgos laborales derivados del teletrabajo: estrés tecnológico o adicciones tecnológicas, sedentarismo,etc...
  • Derecho a la intimidad: El control pero siempre respetando el derecho a la intimidad de los trabajadores.
  • Posibles detrimentos sobre la promoción interna y progresión salarial:  el teletrabajo no puede suponer una merma salarial. la empresa debe informar de las vacantes presenciales que se produzcan y dar preferencia a la persona trabajadora a distancia.
  • Fortalecimiento de los roles de género y de los cuidados: Para evitar que el teletrabajo puede perpetuar roles de cuidados si es utilizado mayoritariamente por las mujeres.
El Ejecutivo fija:
  1. Para que se considere teletrabajo, el trabajador tiene que trabajar a distancia un mínimo de dos días a la semana, lo que supone el 30% de su jornada laboral. Si no se cumple ese mínimo, la empresa no tendrá obligación de compensar al trabajador por los gastos de luz, teléfono e Internet. (Se regulará por convenio colectivo).al contrario que los gastos por equipamiento informático o mobiliario que sí deben ser sufragados por la empresa.
  2. El Gobierno se mantiene firme en dejar fuera de la Ley del Teletrabajo a los trabajadores del sector público, cuyo trabajado a distancia será regulado por otra norma. Del mismo modo, el personal laboral de la Administración Pública.
En esta propuesta, los empresarios han logrado que la vigencia de los convenios colectivos que contemplaban el teletrabajo ya antes del estallido de la pandemia del coronavirus, se reduzca a un año.




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